Barcelona,
12 de enero de 2010.- ¿Qué
pyme o microempresa puede pagar hasta 15.000 euros de sanción
por emplear a un familiar, ya sea su mujer, un hijo o un
sobrino, si no se puede "documentar" que lo que
cobran es el precio de mercado? ¿Cómo se justifica
el alquiler de un local que es de tu madre? Es más,
¿qué empresario podrá "documentar"
todas sus operaciones si los mismos Técnicos
Tributarios se ven en graves dificultades para
saber qué aconsejar y se ven con el peligro de incurrir
en graves sanciones?
Precisamente
hoy la Asociación de Técnicos Tributarios
de Cataluña y Baleares (APTCCB) ha reunido
en Barcelona a los máximos expertos [+
info], de la Inspección Tributaria, de la Universidad,
de las Consultoras Multinacionales, y de las Asociaciones
del sector para intentar responder a la gran cantidad de
dudas que suscita la nueva normativa que está vigente
desde el 19 de febrero del pasado año y que ya es
de aplicación obligada en el cierre de las cuentas
de 2009. Pilar Arxé, presidenta
de la APTCCB, ha inaugurado la mesa de debate agradeciendo
la presencia de los 323 técnicos tributarios participantes,
especialmente en una "época difícil como
esta".
Tal
como se ha manifestado a lo largo del debate, con la nueva
normativa Hacienda apunta a la cabeza de las pymes y sitúa
a los despachos profesionales -a menudo unipersonales
o familiares- como profesión de alto riesgo.
La presión que Hacienda introduce en las empresas
para las llamadas "Operaciones Vinculadas" es
como una bomba de relojería que se sabe que ha de
estallar y no se sabe cuándo.
Es
en el ámbito de las pequeñas empresas que
se dan muchas operaciones vinculadas: arrendamiento
del local cuya titularidad corresponde al propio socio mayoritario
de la sociedad, aportaciones de los socios en sus sociedades
(préstamos), las propias retribuciones de los socios-administradores
por su trabajo desarrollado en las actividades económicas
de estas empresas, etc. Y estas operaciones se tienen que
valorar a precio de mercado y documentar en una nueva obligación
formal, con un régimen sancionador absolutamente
desproporcionado: 1.500 euros por cada dato erróneo,
15.000 euros por un conjunto de datos erróneos.
Según la APTTCB esto conlleva una
dificultad casi inasumible para la mayoría de las
pymes e incluso para muchos despachos profesionales.
Los
Técnicos Tributarios consideran
que Hacienda ha legislado pensando en las grandes empresas
que operan en ámbitos internacionales sin ser consciente
de que de, esta manera, estaba dirigiendo el revólver
a la nuca de las pymes. "La norma no ha establecido
ningún tipo de límite respecto a la relevancia
de las operaciones sujetas al artículo 16 del Impuesto
sobre Sociedades. Así pues, la normativa
y su régimen sancionador estratosférico debe
aplicarse por igual en las operaciones vinculadas realizadas
por una empresa multinacional como las pymes, casi sin distinción",
afirma Josep Maria Noguera portavoz del APTCCB
La
APTTCB mantiene que si se aplica un régimen sancionador,
por parte de Hacienda, con una interpretación restrictiva
y no razonable
(como suele ocurrir actualmente ante determinadas verificaciones
e inspecciones tributarias), puede suponer aplicar
unas sanciones fuera de toda lógica y racionalidad
en la pymes.
La
entidad también se cuestiona qué coste tendrá
esta tarea de "documentación" hecha con
criterios rigurosos. Según Noguera,
"ante dificultades crediticias y de liquidez, el coste
que se ha evaluado podría oscilar, para las pymes
y microempresas, que actúan bajo forma societaria,
un coste aproximado de 1.700 millones de euros".
Así
pues, en unos momentos de dificultades económicas
en todos los sectores, de caídas de la demanda en
la mayoría de empresas, y de verdaderas dificultades
de liquidez, se puede decir que hemos iniciado el 2010 con
una verdadera odisea para todas las empresas y especialmente
para las pymes y microempresas.
La
nueva carga que supone la normativa de las "Operaciones
Vinculandas" genera más complejidades, dudas
interpretativas e inseguridad jurídica en las pymes.
Y si alguien quiere delegar esta tarea a un profesional
Técnico Tributario, se puede encontrar que éste
no pueda hacerlo por el riesgo desproporcionado de posibles
sanciones.